miércoles, 25 de marzo de 2015

Empresario expoliado en dictadura ofrece donar al Estado la indemnización




Estará presente hoy en la jornada del Banco Central en la que se darán a conocer actas secretas relevantes de la entidad durante el período 1976-1983.

En octubre de 1981, mientras permanecía secuestrado por la última dictadura militar, el empresario Eduardo Saiegh fue forzado a liquidar el Banco Latinoamericano, del cual era propietario. Los autores de la maniobra, según consta en las causas penales y comerciales, fueron el por entonces ministro de Economía, José Alfredo Martínez de Hoz, y su brazo ejecutor para estas cuestiones: el vicepresidente del Banco Central, Alejandro Reynal. El caso del despojo a Saiegh es relevante porque formará parte del debate sobre la desclasificación de las actas del proceso que presentará el actual titular del BCRA, Alejandro Vanoli, y que darán cuenta de la colaboración empresaria y del sector financiero con el plan económico de las Fuerzas Armadas. En el medio de un gran hermetismo, una alta fuente del BCRA no confirmó ni negó que el caso Saiegh forme parte de una de las actas secretas que se develarán hoy.

Otro dato importante es que el empresario en cuestión anunció que donará al Estado casi la totalidad de la indemnización que obtenga en el juicio. "Lo decidí porque el Estado me acompañó siempre, incluso como co-querellante, y en apoyo a la gestión de este gobierno", detalló Saiegh en diálogo con Tiempo Argentino.

El empresario adelantó que el monto que donará es de U$S 100 millones, sobre un total de U$S 120 millones. "Hay que pagar abogados con el resto", cuenta sobre el cálculo indemnizatorio que hicieron los peritos. "Mi caso es un caso testigo, porque muestra cómo operaban en aquel entonces el Ministerio de Economía y sus brazos operativos, como el Banco Central", detalló el ex propietario del BL, y recordó que "en mi historia estaba en juego además la adquisición de la empresa Austral".

¿Cómo fue la historia de Saiegh? El Estado buscaba quedarse con la empresa Austral, de la cual el BL era principal acreedor. La dictadura decretó la estatización de la firma, pero como el BL era uno de los accionistas, presionaron para que haya una liquidación por parte del empresario. Lógicamente, el objetivo se logró una vez capturado y torturado Saiegh. Lo cierto es que hoy el juicio penal está en instancia de Cámara para saber si se va a citar a Reynal, y la jueza es María Servini de Cubría. Pero la vía Comercial, la que derivará en la indemnización, tiene los montos definidos pero los plazos son inciertos. Saiegh explicó que el juez dará sentencia una vez que termine la causa penal, lo que puede demorar varios años.

Esta historia, con lógicos nuevos detalles, será parte del acto de presentación de documentación que se realizará hoy en el Banco Central. Según adelantó Tiempo la semana pasada, habrá material que permitirá que la justicia investigue la trama de endeudamiento externo impulsado por ese organismo para beneficiar a grandes grupos económicos locales y extranjeros.

La información se difundirá en el marco de la jornada de debate denominado "Los Derechos Humanos a la luz de las transformaciones económicas y financieras", cuyo cierre estará a cargo del titular de la entidad.

Se espera que el evento esté encabezado por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, y tendrá como anfitrión a Vanoli. Por su parte, José Sbattella, titular de la Unidad de Información Financiera (UIF, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), abordará el tema "Las estructuras financieras de los represores: análisis de casos". Mientras que Pedro Biscay, superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias, aludirá luego al "Control del sistema financiero como garantía de protección de los Derechos Humanos".

En otro de los paneles que se desarrollarán hoy, Carolina Varsky, de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, y Judith König de la Oficina de investigación Económica y Análisis Financiero (ambas del Ministerio Público Fiscal) se referirán a las "Estrategias para el juzgamiento de la complicidad empresarial". Fuentes oficiales, a pesar de que existe en torno a las actas un silencio inquebrantable, confirmaron que además del material respecto a cómo se generó la deuda externa, se mostrará hoy frondosa documentación de sucesos en empresas, del mismo tenor que reviste el caso Saiegh.







Más de 100 casos denunciados

Muchos de los casos que se presentarán hoy vinculan a empresarios que padecieron en carne propia el azote de los militares. De acuerdo a los últimos datos disponibles de la Oficina de Derechos Humanos de la Comisión Nacional de Valores (CNV), los escuadrones represivos que comandaba Martínez de Hoz secuestraron a 143 empresarios entre los años 1976 y 1983, once de los cuales aún permanecen desaparecidos.

Como el caso Saiegh, hay muchos ejemplos: entre los más conocidos resaltan el de la familia Graiver, recordado por la sustracción a sangre y fuego de Papel Prensa, luego entregado a Clarín y La Nación; o el de los hermanos Iaccarino, de la Industria Láctea Santiagueña. Otros de los perseguidos fueron Equinoquímica SA, Cambio América, Banco de Hurlingham, Casa de Cambio Brasilia, Finsur SA, e Industrias Siderúrgicas Grassi.

Para justificar los procedimientos, los organismos oficiales reportaban irregularidades en esas firmas, la mayoría de las cuales eran ciertas.

El mecanismo de pase de información respecto a empresarios nacionales incluía a casi todos los organismos y brazos económicos del ministerio que conducía Martínez de Hoz. El objetivo, con posterioridad a los secuestros, era quebrar y forzar la liquidación de las compañías, para entregar esos bienes a otros empresarios cercanos al poder. Desde organismos oficiales aseguran que ese esquema de policía económica, con el tiempo, se reinsertó en empresas privadas. 

La colaboración civil con el terror


El jurista italiano Fausto Pocar comparó el caso Ledesma con el ejemplo de un general de la ex Yugoslavia que proporcionó armas luego usadas para matar civiles. Sugirió que tenía responsabilidad porque conocía el contexto en que lo hacía.



  Por Alejandra Dandan - Página 12 

Para Fausto Pocar, el caso Ledesma es “interesante”. El prestigioso jurista integra el Tribunal Criminal Internacional para la ex Yugoslavia desde el año 2000, primero como juez y luego en la Cámara de Apelaciones. En una conferencia en el Consejo de la Magistratura de Buenos Aires, en la que habló de los avances en jurisprudencia del Tribunal, le preguntaron por el caso Ledesma. Pocar comparó con el ejemplo de un general que proporcionó armas y que sirvieron para matar a soldados y civiles. ¿El general es responsable por los asesinatos de civiles en los que se usaron sus armas? ¿Contribuyó con esos crímenes? Pocar sugirió que sí. Y al aporte de materiales le agregó esa otra cosa más difícil de probar que es el “conocimiento”, aquello que en estos días se conoció como el “dolo” en el caso de las camionetas de Carlos Pedro Blaquier usadas por el terrorismo de Estado. “El general que ayudó –dijo– conocía muy bien la situación en Sarajevo, donde por tres años se mató a una cantidad de civiles. Las armas se podían usar para matar civiles, con lo que la mens rea (mente culpable, elemento subjetivo) está clara.”

Pocar tiene un largo currículum. Profesor de derecho internacional en Milán, estuvo 16 años en el Comité de Derechos Humanos (ONU) y fue su presidente entre 1991 y 1992. En estos días dio varios seminarios en Buenos Aires. Entre ellos, en la Facultad de Derecho de la UBA y en el Consejo de la Magistratura, donde presentó un libro del Ministerio de Justicia sobre Cuestiones actuales en la investigación de graves violaciones a los derechos humanos. En una hora y veinte minutos, Pocar dio cuenta de los avances de la jurisprudencia del Tribunal de la ex Yugoslavia, pero sobre todo de la cocina en las discusiones de casos emblemáticos. Por ejemplo, en el primer caso en el que intervino y en el que se declaró a los crímenes como delitos de lesa humanidad. O el parentesco planteado por el tribunal de Ruanda entre el genocidio y las violaciones masivas, que equipara la destrucción psíquica a la física. Más cerca de la agenda argentina de los últimos días, habló de un “tema discutido”, que es la “contribución” en crímenes de lesa humanidad: “El tema más discutido en responsabilidad penal es sobre quien ayuda a quien comete el crimen o facilita la comisión del crimen”. El que proporciona armas para la comisión del crimen, ¿hasta qué punto es responsable del crimen?

“Durante muchos años el tribunal elaboró una tesis muy simple –explicó–: el que ayuda es responsable si conocía los medios (armas) que se iban a usar para cometer el crimen. Y si la contribución que brinda a la comisión del crimen es sustancial, importante.” Ese criterio se aplicó durante un cierto tiempo, dijo, hasta que una sala absolvió a un acusado introduciendo en el actus rea un elemento adicional: la dirección específica. A partir de allí, las armas tenían que servir sólo para la comisión del crimen específico.

El caso Perisic

El caso es conocido por el general Momcilo Perisic, ex jefe del estado mayor del ejército serbio, condenado en primera instancia a 27 años de prisión por crímenes que incluyeron la matanza de ocho mil musulmanes en Srebrenica, al este de Bosnia. La Cámara de Apelaciones lo absolvió por la aplicación del criterio de la “dirección específica”. Perisic conocía el sitio de la matanza, pero aquel criterio no lo hace responsable, porque allí había una ocupación militar y las armas se podían usar no sólo para matar a civiles, sino para combatir, situación que en una guerra es legítima, explicó el catedrático. Pero aclaró: “Es evidente que con esta decisión se cae todo el sistema de responsabilidad por la ayuda porque de hecho siempre se absuelve a los que están en rangos altos”.

El caso Perisic generó polémica. Es el eje del libro del Ministerio de Justicia y llegó a introducirse en el caso Blaquier. El tribunal de la ex Yugoslavia recibió críticas de personas, grupos y otros tribunales. En otro caso, el tribunal de Ruanda rechazó la idea. Argentina lo hizo también el año pasado a través de un fallo de la Sala II de la Cámara de Casación, en el segundo juicio de la ESMA. La sala integrada por Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David señaló que “con relación a la invención de la teoría de la ‘dirección específica’, dicho elemento no integra la participación criminal, pues se encuentra directa y materialmente en conflicto con los estándares del derecho internacional consuetudinario y con la tradición jurisprudencial del Tribunal Penal Internacional de la ex Yugoslavia desarrollada por más de dos décadas”.

Pocar mencionó ese fallo y también los fallos emitidos antes y después por el propio tribunal de la ex Yugoslavia para reducir el peso de Perisic e indicar que se volvió a la jurisprudencia anterior. Señaló a Perisic como un “incidente”, superado por fallos posteriores y al que, advirtió, “sería mejor olvidar”. “Ahora tenemos en la jurisprudencia una serie de casos que van en un sentido. Hay sólo este caso (Perisic), que va en un sentido contrario. Y después hay casos que toman de nuevo las decisiones que se tomaban la comienzo. Es decir, debería ser un problema cerrado éste del principio de la dirección específica, que no es un principio que se aplica, pero nunca se sabe qué va a deparar el futuro. Yo espero que a ese incidente le digamos así, y que el caso que introdujo el concepto de dirección específica se pierda.”

Perisic y Blaquier

Jorge Auat es el jefe de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. En el libro escribió un comentario sobre el fallo de la Sala II, en el que advierte que ese freno a la “dirección específica” fue muy importante y un “alerta temprana”. ¿De qué hablaba Auat? De los efectos de aquel fallo en los casos de complicidad civil y económica con los delitos de la dictadura en Argentina.

El 11 de marzo de 2013, el diario La Nación publicó un editorial celebratorio del fallo Perisic en el que alentaba su uso para los civiles que estaban comenzando a ser juzgados. Con el título de “Trascendente fallo internacional”, el editorial señalaba: “La decisión de la sala de apelación del mencionado tribunal, que lleva fecha del 28 de febrero de este año, define con precisión las fronteras de la figura de la participación respecto de esos graves delitos, y seguramente tendrá efectos más allá de la jurisdicción misma del referido tribunal, incluido nuestro medio. Tanto en muchos de los procesos que, respecto de la década de los ’70, involucran a personal militar como en algunos, más recientes, que pretenden responsabilizar a algunos civiles”.

Quienes estaban en la sala del Consejo de la Magistratura leyeron estos antecedentes en el fallo de la semana pasada de la Sala IV de la Cámara de Casación. La sala integrada por Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Eduardo Rafael Riggi no cita el caso Perisic, pero contiene elementos que en ese mismo sentido parecen elevar el estándar de la prueba como lo hacía la teoría de la “dirección específica”. Auat levantó la mano en el Consejo de la Magistratura y le dijo esto a Pocar. “Mientras usted hablaba se me venía a la cabeza el fallo reciente de la Casación”, explicó. En ese contexto, preguntó sobre lo que los jueces rechazaron: el dolo, cómo se prueba y si la reconstrucción del contexto puede pensarse como una prueba. Ahí fue cuando Pocar habló de quien contribuye con la provisión de armas a un contexto donde se sabe que desde hace años mueren civiles y combatientes.

Diario @JCiviles